La doctora Julia Elbaba, magister en Bioética y decana de la Facultad de Ciencias Médicas de la Universidad FASTA, recordó que “la muerte forma parte de la vida, es el final de la vida, un momento único, personal de cada uno de nosotros, ni los médicos, ni la familia, ni el Estado pueden apropiarse de él”.
Muchos debates se han abierto ante la promulgación de la Ley de Muerte Digna. Uno de los aspectos que ha generado controversia es que suele equipararse la muerte digna con la noción de eutanasia. Cosa que claramente prohíbe la nueva ley. No obstante hay un grave error en la ley que incluye el rechazo a la hidratación y alimentación de los enfermos terminales, cosa que podría constituirse en Eutanasia pasiva.
La ley apunta a reconocer los derechos personalísimos del paciente a decidir que el momento de su muerte sea digno. Esto significa que sea más personal, que en ella se respeten todas las dimensiones de la persona humana: la física, la psíquica, la social y la espiritual. Cuando hablamos de muerte digna tenemos que clarificar muy bien que no se trata de la muerte que producen los médicos, sino la que se produce en la persona, es el final de la vida, el momento en el cual el organismo deja de funcionar como un todo, es la muerte natural.
Considero que lo más importante de esta disposición es que respeta la autonomía del paciente y que por otro lado le permite a la persona rechazar el encarnizamiento terapéutico. Este se produce, a veces por razones económicas o de alguna otra índole, y entonces se le prolonga la agonía, sin aportarle un bien al paciente. Me parece que es malo ver sufrir al paciente, creo que la ley hizo muy bien en decirle no al encarnizamiento terapéutico con firmeza, porque son medios desproporcionados para la atención al paciente que no le aportan ningún bien.
La norma reafirma la autonomía del paciente pero también rechaza el paternalismo médico. La legislación dice que nosotros, los profesionales de la salud, podemos trabajar con los pacientes y darles cuidados paliativos, pero en el momento final no se debe prolongar la agonía, no se debe buscar con intervenciones que son desproporcionadas el bien que requiere la persona en cuestión. A veces lo único que se puede hacer es quitarle el dolor y acompañarlo a que no sufra, que esté rodeado de la familia, que pueda reconciliarse con sus seres queridos, y también con Dios.
Lo que hay que rescatar es que la muerte forma parte de la vida y que el final de la vida es un momento único de cada persona, de cada uno de nosotros, y ni los médicos, ni la familia, ni el Estado nos lo pueden quitar. La ley también pide que al paciente o tutor legal no se le mienta: tiene que saber a lo que se enfrenta, hay que decírselo de la mejor manera posible, debe conocer su diagnóstico y su pronóstico, y estar informado de la realidad de su enfermedad, en el momento final de la Vida, rescatar la verdad piadosa, aquella que el paciente pueda comprender.
Pero más allá de los aportes que ha significado la Ley de Muerte Digna, también tiene errores, y uno de ellos a mi juicio grave: negar la hidratación y la alimentación al paciente terminal. Tanto la hidratación como la alimentación son cuidados proporcionados y ordinarios que se les deben dar a todos los pacientes, a través de una sonda nasoenteral por ejemplo, que hoy está al alcance de cualquier persona, y es un método ordinario. Creo que es un error de esta disposición no reconocer la hidratación y la alimentación como medios ordinarios de tratamiento: y esto podría significar una puerta hacia la eutanasia pasiva, aunque la ley la prohíbe explícitamente.
Creo, en este punto, que es vital rescatar la cuestión de la objeción de conciencia. Como médicos tenemos que trabajar para que el Estado reconozca la objeción de conciencia, tanto de los profesionales como de las instituciones. Esta misma ley que nos dice que no es necesario darle alimentación o hidratación a un paciente terminal, estos medios proporcionados y ordinarios que deben administrarse siempre; por lo tanto debería existir la posibilidad de objetar una norma que, en conciencia, sea injusta.
Camila, por ejemplo, murió una vez que le retiraron el respirador, que era su soporte vital, porque ella tenía un estado vegetativo persistente. La verdad es que cuando empecé a escuchar que murió Camila, realmente me puse a pensar si el verbo “murió” estaba bien utilizado, y este es el mayor peligro cuando tratamos estos temas, que la muerte no se produzca como consecuencia de la enfermedad, sino que sea manipulada por los médicos.
Muchos debates se han abierto ante la promulgación de la Ley de Muerte Digna. Uno de los aspectos que ha generado controversia es que suele equipararse la muerte digna con la noción de eutanasia. Cosa que claramente prohíbe la nueva ley. No obstante hay un grave error en la ley que incluye el rechazo a la hidratación y alimentación de los enfermos terminales, cosa que podría constituirse en Eutanasia pasiva.
La ley apunta a reconocer los derechos personalísimos del paciente a decidir que el momento de su muerte sea digno. Esto significa que sea más personal, que en ella se respeten todas las dimensiones de la persona humana: la física, la psíquica, la social y la espiritual. Cuando hablamos de muerte digna tenemos que clarificar muy bien que no se trata de la muerte que producen los médicos, sino la que se produce en la persona, es el final de la vida, el momento en el cual el organismo deja de funcionar como un todo, es la muerte natural.
Considero que lo más importante de esta disposición es que respeta la autonomía del paciente y que por otro lado le permite a la persona rechazar el encarnizamiento terapéutico. Este se produce, a veces por razones económicas o de alguna otra índole, y entonces se le prolonga la agonía, sin aportarle un bien al paciente. Me parece que es malo ver sufrir al paciente, creo que la ley hizo muy bien en decirle no al encarnizamiento terapéutico con firmeza, porque son medios desproporcionados para la atención al paciente que no le aportan ningún bien.
La norma reafirma la autonomía del paciente pero también rechaza el paternalismo médico. La legislación dice que nosotros, los profesionales de la salud, podemos trabajar con los pacientes y darles cuidados paliativos, pero en el momento final no se debe prolongar la agonía, no se debe buscar con intervenciones que son desproporcionadas el bien que requiere la persona en cuestión. A veces lo único que se puede hacer es quitarle el dolor y acompañarlo a que no sufra, que esté rodeado de la familia, que pueda reconciliarse con sus seres queridos, y también con Dios.
Lo que hay que rescatar es que la muerte forma parte de la vida y que el final de la vida es un momento único de cada persona, de cada uno de nosotros, y ni los médicos, ni la familia, ni el Estado nos lo pueden quitar. La ley también pide que al paciente o tutor legal no se le mienta: tiene que saber a lo que se enfrenta, hay que decírselo de la mejor manera posible, debe conocer su diagnóstico y su pronóstico, y estar informado de la realidad de su enfermedad, en el momento final de la Vida, rescatar la verdad piadosa, aquella que el paciente pueda comprender.
Pero más allá de los aportes que ha significado la Ley de Muerte Digna, también tiene errores, y uno de ellos a mi juicio grave: negar la hidratación y la alimentación al paciente terminal. Tanto la hidratación como la alimentación son cuidados proporcionados y ordinarios que se les deben dar a todos los pacientes, a través de una sonda nasoenteral por ejemplo, que hoy está al alcance de cualquier persona, y es un método ordinario. Creo que es un error de esta disposición no reconocer la hidratación y la alimentación como medios ordinarios de tratamiento: y esto podría significar una puerta hacia la eutanasia pasiva, aunque la ley la prohíbe explícitamente.
Creo, en este punto, que es vital rescatar la cuestión de la objeción de conciencia. Como médicos tenemos que trabajar para que el Estado reconozca la objeción de conciencia, tanto de los profesionales como de las instituciones. Esta misma ley que nos dice que no es necesario darle alimentación o hidratación a un paciente terminal, estos medios proporcionados y ordinarios que deben administrarse siempre; por lo tanto debería existir la posibilidad de objetar una norma que, en conciencia, sea injusta.
Camila, por ejemplo, murió una vez que le retiraron el respirador, que era su soporte vital, porque ella tenía un estado vegetativo persistente. La verdad es que cuando empecé a escuchar que murió Camila, realmente me puse a pensar si el verbo “murió” estaba bien utilizado, y este es el mayor peligro cuando tratamos estos temas, que la muerte no se produzca como consecuencia de la enfermedad, sino que sea manipulada por los médicos.
Lo que tiene de bueno para la comunidad médica es la reflexión de que las decisiones son del paciente y que nosotros debemos acompañarlo y mostrarle cuáles son las posibilidades, pero el que decide es él. Creo que la ley ha marcado un rumbo, y tenemos que trabajar para perfeccionarla, llegar a que nadie se sienta intranquilo con ella. No existe la ley que me autorice a matar, todos los médicos hicimos un juramento hipocrático y en él decimos que vamos a trabajar por la vida y la salud de los pacientes. En este sentido la comunidad médica tiene que verse interpelada por la ley. Lo primero que nos tiene que hacer ver es que la muerte forma parte de la vida y que uno debe morir dignamente, y sin sufrimientos en la medida que la enfermedad lo permita. Eso es lo que hay que revalorizar.+
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